La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el concejal de Funza, Guillermo Andrés Castro Rozo, por presuntamente utilizar su investidura para intervenir en un procedimiento de tránsito y evitar la imposición de un comparendo relacionado con un vehículo de su propiedad.
De acuerdo con el organismo de control, los hechos habrían ocurrido en 2025 cuando una agente de tránsito adelantaba un procedimiento por presunto estacionamiento indebido de un vehículo que pertenecía al concejal y que, según el reporte, era conducido por un familiar en el momento del incidente.
Según lo señalado en la investigación disciplinaria, Castro Rozo habría llegado al lugar durante el procedimiento, se habría identificado como concejal y habría intervenido en la actuación que adelantaba la funcionaria encargada del control de tránsito.
La Procuraduría indicó además que durante el hecho el concejal realizó una transmisión en vivo a través de una red social. En esa transmisión afirmó que el procedimiento obedecía a una supuesta persecución política en su contra.
Para el ente de control, la actuación del concejal no estaría relacionada con sus funciones de control político ni con el ejercicio de actividades propias de su cargo como servidor público. Por el contrario, la intervención estaría vinculada a un interés personal relacionado con un asunto de carácter familiar.
La investigación es adelantada por la Procuraduría Provincial de Instrucción de Facatativá, que consideró que la conducta del concejal podría constituir una falta disciplinaria gravísima.
Según el análisis preliminar del Ministerio Público, el comportamiento investigado habría comprometido los principios de moralidad administrativa, al presuntamente utilizar su investidura para influir en un procedimiento administrativo particular.
La entidad también señaló que, de confirmarse los hechos, el concejal habría ejercido presión sobre la servidora pública encargada del procedimiento de tránsito, lo que podría haber afectado la autonomía de la funcionaria durante el ejercicio de sus funciones.
Por estas razones, el organismo disciplinario calificó provisionalmente la conducta como una falta gravísima cometida a título de dolo, lo que implica que habría existido intención al momento de realizar la actuación investigada.
El proceso disciplinario continuará con las siguientes etapas procesales, en las que se evaluarán las pruebas y los descargos del investigado para determinar si existe responsabilidad disciplinaria por los hechos señalados por la Procuraduría.

