El Gobierno Nacional expidió 3 decretos legislativos para mantener la continuidad del servicio educativo en las zonas afectadas por el terremoto registrado en Colombia el 10 de agosto. Las medidas fueron adoptadas en el marco de la declaratoria de emergencia y buscan responder a los daños ocasionados en establecimientos educativos, con alternativas temporales para garantizar que niños, niñas y jóvenes puedan continuar sus procesos de formación mientras avanzan las labores de recuperación y reconstrucción de la infraestructura escolar afectada.
Las disposiciones permiten utilizar sedes y espacios físicos alternos para desarrollar actividades académicas, además de habilitar modalidades remotas cuando las condiciones territoriales lo requieran. El propósito es que los estudiantes puedan mantener su vínculo con el sistema educativo en entornos considerados idóneos y seguros, mientras las instituciones afectadas recuperan sus condiciones de funcionamiento. La medida contempla especialmente a las comunidades educativas ubicadas en territorios donde los daños ocasionados por el movimiento sísmico han limitado la operación normal de las sedes oficiales.
El Decreto 1386 del 9 de septiembre de 2026 habilita el desarrollo de actividades académicas en sedes o espacios físicos alternos y mediante modalidades remotas. De esta manera, las autoridades educativas territoriales cuentan con una herramienta para organizar la prestación del servicio cuando una sede oficial no pueda utilizarse temporalmente. La decisión busca evitar que las afectaciones físicas ocasionadas por la emergencia se traduzcan en una interrupción prolongada de las actividades escolares y del derecho fundamental a la educación.
A esta disposición se suma el Decreto 1388 del 9 de septiembre de 2026, que faculta la reorganización y flexibilización temporal del calendario académico en las Entidades Territoriales Certificadas de las zonas afectadas. La posibilidad permitirá adaptar los tiempos escolares a las condiciones particulares de cada territorio y comunidad. Según el Ministerio de Educación, esta flexibilidad responde a la necesidad de atender las consecuencias de la emergencia sin desconocer las circunstancias específicas que enfrentan estudiantes, docentes, directivos y autoridades educativas locales.
El tercer instrumento es el Decreto 1387 del 9 de septiembre de 2026, mediante el cual se establecen medidas temporales de alivio administrativo y financiero para las Entidades Territoriales Certificadas en Educación ubicadas en los territorios afectados. El objetivo es facilitar la disponibilidad de recursos esenciales para el funcionamiento cotidiano del servicio educativo durante la emergencia. Estas medidas complementan las acciones relacionadas con infraestructura, calendario académico y modalidades de atención adoptadas para responder a las necesidades generadas por el terremoto.
El presidente Abelardo De La Espriella afirmó que la prioridad es evitar que algún niño o joven tenga que abandonar sus estudios como consecuencia del terremoto. La declaración fue incluida por el Ministerio de Educación al presentar las medidas y estuvo acompañada de un llamado a fortalecer la respuesta institucional frente a la emergencia. El mandatario señaló que los daños en los colegios no deben convertirse en una interrupción del proceso formativo, mientras las autoridades avanzan en la recuperación territorial.
El Ministerio de Educación indicó que continuará coordinando la aplicación de los decretos con las autoridades locales y las Secretarías de Educación. La articulación busca facilitar la implementación efectiva de las medidas y proteger a la comunidad educativa en los territorios afectados. Los decretos forman parte de las acciones adoptadas después de la emergencia y se suman al proceso de reactivación de las clases. El Ministerio también ha informado avances en el regreso de estudiantes a sus actividades académicas.
Con estas disposiciones, las autoridades educativas podrán combinar espacios alternativos, modalidades remotas, ajustes del calendario y alivios administrativos según las condiciones de cada territorio. La respuesta mantiene como eje la continuidad del derecho a la educación mientras se desarrollan las labores de recuperación de las sedes afectadas. La información oficial fue publicada por el Ministerio de Educación el 17 de septiembre de 2026 y precisa que la aplicación de las medidas dependerá de la coordinación con las autoridades educativas territoriales.
