Procuraduría sanciona a 2 dragoneantes del INPEC por omitir registro de grupo musical

 

La Procuraduría General de la Nación sancionó en primera instancia a 2 dragoneantes del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), tras establecer responsabilidad disciplinaria por omitir controles relacionados con el ingreso de una agrupación musical a la cárcel “La Paz”, ubicada en Itagüí, Antioquia. La decisión fue comunicada el 14 de septiembre de 2026 y contempla para los funcionarios una suspensión e inhabilidad por 6 meses, debido al incumplimiento de funciones asociadas con los procedimientos de control y registro.

Los funcionarios sancionados son Juan Camilo Góez David y Nairo Vargas Rubio, quienes prestaban servicio en el establecimiento penitenciario y carcelario de máxima y mediana seguridad “La Paz”. De acuerdo con el fallo de primera instancia, ambos incumplieron el deber de realizar las anotaciones y registros correspondientes al ingreso de la agrupación musical de un artista al centro penitenciario. El hecho ocurrió el 8 de abril de 2026 y quedó relacionado con las obligaciones establecidas para los controles de acceso.

La investigación disciplinaria estableció que los funcionarios omitieron registrar en la minuta correspondiente el ingreso de la agrupación musical. Para la Procuraduría, esta actuación constituyó un incumplimiento de las funciones asignadas a los dragoneantes dentro de los procedimientos de control del establecimiento penitenciario. El organismo de control consideró que la conducta tuvo relevancia disciplinaria porque los registros de ingreso hacen parte de los mecanismos destinados a mantener trazabilidad sobre las personas que acceden a instalaciones carcelarias bajo condiciones de máxima y mediana seguridad.

Las conductas atribuidas a Góez David y Vargas Rubio fueron calificadas por la Procuraduría como faltas graves cometidas a título de culpa grave. El ente de control señaló que la actuación tuvo trascendencia social debido a que generó desconfianza de la ciudadanía en las entidades del Estado, particularmente en el INPEC. La decisión disciplinaria considera que el cumplimiento de los procedimientos de ingreso y registro constituye una responsabilidad esencial de los funcionarios encargados de los controles dentro de los establecimientos penitenciarios.

La sanción impuesta corresponde a suspensión e inhabilidad por 6 meses para cada uno de los dragoneantes. Según explicó la Procuraduría, para establecer la sanción se aplicó la reducción correspondiente por la confesión realizada por Góez David y Vargas Rubio durante la etapa de instrucción del proceso. La decisión corresponde a un fallo de primera instancia, por lo que el procedimiento disciplinario se desarrolla dentro de las etapas establecidas para este tipo de actuaciones. El organismo continuará con las actuaciones relacionadas con los demás investigados.

El proceso disciplinario no se limita a los 2 funcionarios sancionados. La Procuraduría precisó que las investigaciones contra los demás involucrados continúan en la Procuraduría Regional de Instrucción de Antioquia. Esto significa que las actuaciones frente a otros posibles responsables permanecen en curso y deberán avanzar conforme al procedimiento disciplinario correspondiente. El ente de control mantiene así abierta la investigación sobre los hechos relacionados con el ingreso de la agrupación musical al establecimiento penitenciario de Itagüí y las circunstancias que rodearon los controles.

La Procuraduría destacó que la omisión de los registros fue considerada relevante no solamente desde la perspectiva del cumplimiento de una función administrativa, sino también por sus posibles efectos sobre la confianza ciudadana en las instituciones. Los controles de acceso forman parte de las responsabilidades operativas de los establecimientos penitenciarios y permiten documentar los movimientos de personas autorizadas. En este caso, la ausencia de las anotaciones correspondientes llevó al organismo disciplinario a determinar la existencia de responsabilidad de los 2 dragoneantes involucrados.

La decisión fue divulgada por la Procuraduría General de la Nación el 14 de septiembre mediante auto conferido a los miembros del INPEC implicados . El caso deja como elemento central la obligación de los funcionarios penitenciarios de cumplir rigurosamente los procedimientos establecidos para el ingreso y registro dentro de los establecimientos carcelarios. Mientras avanza la investigación contra los demás involucrados, la sanción de primera instancia contra Juan Camilo Góez David y Nairo Vargas Rubio establece una suspensión e inhabilidad de 6 meses por la omisión atribuida en los controles del centro penitenciario “La Paz”.

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