MinTransporte deja en firme eliminación de planilla para taxis entre municipios contiguos

 

El Ministerio de Transporte dejó en firme la eliminación de la Planilla Única de Viaje Ocasional, PUVO, para los taxis que presten servicio entre municipios contiguos, es decir, aquellos que comparten límites territoriales. La decisión está contemplada en la Resolución No. 20263040038685, expedida el 22 de septiembre de 2026, y desarrolla las disposiciones establecidas previamente por el Decreto 1001 de 2026 para el servicio público individual de pasajeros. 

Con la modificación, los taxis podrán movilizar pasajeros entre municipios contiguos sin portar la PUVO, salvo que la autoridad competente del municipio, distrito o área metropolitana de destino determine, mediante un estudio técnico de oferta y demanda debidamente motivado, que existen razones para exigirla. En los demás casos, cuando el vehículo salga del radio de acción autorizado, continuará aplicándose la exigencia de la planilla según las condiciones establecidas en la normativa. 

La medida tiene una excepción temporal para los municipios afectados por el terremoto incluidos en el Decreto de emergencia 1424 del 17 de septiembre de 2026. En estos territorios se mantendrá la exigencia de la PUVO mientras permanezcan las condiciones derivadas de la emergencia, pero la planilla será expedida gratuitamente y no tendrá límite en el número de recorridos que puedan realizar los transportadores durante su vigencia. 

En las zonas afectadas por el terremoto, la permanencia temporal de la planilla permitirá al Ministerio de Transporte mantener un mecanismo de seguimiento y control sobre la movilidad mientras se atiende la situación de desastre. La disposición tendrá una vigencia máxima de 6 meses y podrá terminar antes si desaparecen las circunstancias que dieron lugar a su aplicación. De esta manera, la excepción queda vinculada directamente a las condiciones de emergencia establecidas por las autoridades. 

Para el resto del país, el Ministerio mantiene vigente el artículo 4 del Decreto 1001 de 2026, que permite prestar el servicio público de transporte de pasajeros en vehículos tipo taxi entre municipios contiguos sin la exigencia de la PUVO. La norma define como municipios contiguos aquellos que tienen límites comunes y establece esta posibilidad dentro de las reglas actualizadas para el servicio público individual de pasajeros. 

La eliminación del trámite modifica una exigencia que anteriormente acompañaba este tipo de desplazamientos y busca facilitar la movilidad de los usuarios y simplificar la operación para los transportadores. El Ministerio de Transporte señala que la actualización normativa hace parte de una modificación más amplia del servicio de taxi, que también contempla disposiciones sobre radio de acción, cambio de empresa, contratos de vinculación, capacitación y otras condiciones de operación. 

La aplicación de la medida ya tiene antecedentes en municipios vecinos. En Chía y Cajicá, por ejemplo, un acuerdo de entendimiento permitió que más de 300 taxis realizaran desplazamientos entre ambos municipios sin el cobro de la planilla de viaje ocasional desde el 1 de septiembre de 2026. La experiencia fue articulada bajo los postulados del Decreto 1001 de 2026 y estableció parámetros para la operación entre las dos localidades. 

Con la decisión comunicada por el Ministerio de Transporte, la regla general para los taxis que circulen entre municipios contiguos queda orientada a facilitar estos desplazamientos sin PUVO, mientras las excepciones estarán determinadas por las condiciones específicas previstas en la normativa. En los territorios afectados por el terremoto, la planilla continuará vigente temporalmente, pero será gratuita y sin límite de recorridos. La medida establece así condiciones diferenciadas entre la operación ordinaria y las zonas sometidas a la emergencia. 

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