La Fiscalía General de la Nación judicializó a John Edison Chalá Torrejano, alias “Víctor Chalá”, señalado cabecilla del autodenominado frente 36 de las disidencias de las Farc, por su presunta participación en el secuestro y homicidio del periodista independiente Mateo Pérez Rueda. El comunicador fue interceptado por hombres armados el 5 de mayo de 2026, cuando se desplazaba hacia la vereda Palmichal, en zona rural de Briceño, Antioquia, para desarrollar labores relacionadas con su trabajo periodístico.
Según la investigación, Pérez Rueda fue interceptado mientras se movilizaba en motocicleta y posteriormente trasladado hasta una escuela ubicada en un caserío del sector. En ese lugar, alias “Víctor Chalá” habría llegado para intimidarlo y exigirle explicaciones sobre su presencia en la zona y las actividades que realizaba. Durante el procedimiento, presuntamente le arrebató el teléfono celular y revisó sus conversaciones recientes, en una actuación que habría sido determinante para señalarlo posteriormente de colaborar con la fuerza pública.
Las evidencias recopiladas por la Fiscalía indican que el señalado cabecilla habría encontrado en el teléfono del periodista un chat con un integrante del Ejército Nacional. A partir de esa comunicación, presuntamente lo acusó de colaborar con la fuerza pública. La investigación sostiene que Chalá Torrejano habría disparado contra Pérez Rueda para obligarlo a entregar información y, ante su negativa, habría ordenado a integrantes de su estructura cavar un hueco y causarle la muerte en el mismo sector.
El periodista fue asesinado después de permanecer bajo control del grupo armado, de acuerdo con la reconstrucción presentada por la Fiscalía. Dos días después del crimen, una comisión humanitaria llegó al lugar y recuperó el cuerpo de Pérez Rueda. Sin embargo, sus documentos personales y el teléfono celular no fueron encontrados. Estos elementos hacen parte de las circunstancias que rodean el caso y de las evidencias que ahora sustentan la actuación judicial contra el señalado integrante de las disidencias de las Farc.
La Fiscalía señaló que la investigación permitió establecer la presunta participación de alias “Víctor Chalá” en las acciones desarrolladas contra el comunicador. El caso fue asumido por una fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, quien presentó ante la justicia una imputación que reúne varias conductas relacionadas con la privación de la libertad, las agresiones sufridas por la víctima y el desenlace fatal registrado en zona rural del municipio de Briceño, Antioquia.
Durante la audiencia, alias “Víctor Chalá” fue imputado por los delitos de secuestro, tortura, desaparición forzada y homicidio, todos en circunstancias agravadas, además de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. De acuerdo con la información oficial, el procesado no aceptó los cargos formulados por la Fiscalía. La investigación continuará en el escenario judicial correspondiente, donde deberán valorarse los elementos materiales y la evidencia recopilada por las autoridades.
El asesinato de Mateo Pérez Rueda ocurrió mientras desarrollaba actividades relacionadas con su labor periodística, en un territorio rural donde operan estructuras armadas. La Fiscalía sostiene que el comunicador fue señalado de colaborar con la fuerza pública después de que uno de sus captores revisara las conversaciones de su teléfono. La actuación judicial busca esclarecer las responsabilidades individuales frente a un hecho que involucró secuestro, violencia y muerte, además de determinar judicialmente la participación atribuida al señalado cabecilla.
La judicialización de alias “Víctor Chalá” constituye un nuevo avance de la investigación por el crimen del periodista independiente, ocurrido en Briceño el 5 de mayo de 2026. La Fiscalía mantiene el caso bajo su competencia y presentó los cargos con base en los elementos obtenidos durante las diligencias investigativas. Mientras el proceso continúa, la imputación establece formalmente las conductas atribuidas al señalado cabecilla del frente 36, sin que la formulación de cargos implique por sí misma una condena.
