El Gobierno Nacional expidió el decreto 0703 del 7 de julio de 2026, estableciendo las condiciones para la realización de eventos taurinos durante el periodo de transición fijado por la Ley 2385 de 2024. Esta normativa, conocida como la Ley No Más Olé, marca el camino hacia la prohibición total de las corridas de toros, novilladas, becerradas y tientas en territorio colombiano, la cual será efectiva a partir de julio de 2027.
La reglamentación busca garantizar que, durante el año restante de transición, se apliquen estándares estrictos de protección y bienestar animal. La ministra de Ambiente (e), Irene Vélez Torres, afirmó que esta medida reconoce a los animales como seres sintientes y promueve una transformación cultural basada en el respeto por la vida, asegurando que el proceso se realice bajo criterios de transparencia y control institucional riguroso en todo el país.
El decreto estipula que los eventos taurinos solo podrán autorizarse en municipios o distritos que acrediten una tradición regular, periódica e ininterrumpida de estas actividades desde el año 2010. Para obtener el aval, los organizadores deberán certificar documentalmente esta continuidad. Asimismo, la normativa prohíbe explícitamente que los entes territoriales destinen recursos públicos para financiar espectáculos taurinos o para la construcción y adecuación de infraestructura dedicada a tales prácticas.
Se ha incorporado un protocolo estricto de bienestar animal que incluye la prohibición de elementos o prácticas que causen dolor, la obligatoriedad de certificaciones veterinarias y la presencia permanente de equipos especializados. Además, se ordena el retiro inmediato de animales que presenten lesiones graves o sufrimiento extremo. Las autoridades locales tendrán la responsabilidad de realizar un seguimiento constante, documentando fotográficamente las inspecciones para asegurar el cumplimiento estricto de estas nuevas disposiciones sanitarias.
Un eje central de la reglamentación es la protección de la infancia, por lo cual se prohíbe estrictamente la participación de menores de 18 años como aprendices, toreros o cualquier otro rol dentro de la actividad. Igualmente, se restringe el ingreso de menores de edad como espectadores a estos espectáculos, alineándose con las recomendaciones internacionales que buscan salvaguardar los derechos de los niños, niñas y adolescentes frente a la exposición a actos violentos.
El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, junto a la cartera de Ambiente, liderará la transformación de las plazas de toros en espacios destinados a la cultura, el arte, el deporte y el encuentro comunitario. Este proceso de reconversión incluye asistencia técnica y procesos pedagógicos para apoyar a las personas vinculadas a la actividad taurina, facilitando su tránsito hacia nuevas oportunidades económicas y laborales durante este último año de vigencia.
La Ley 2385 de 2024, impulsada por el Gobierno y apoyada por el Congreso y organizaciones animalistas, consolida una apuesta por la paz territorial y la sensibilidad ética. El decreto 0703 actúa como la herramienta clave para ejecutar este mandato, asegurando que la transición se desarrolle de manera ordenada, respetuosa con los seres sintientes y coherente con el propósito de erradicar progresivamente las formas de maltrato en los espectáculos públicos nacionales.
Finalmente, el cumplimiento de estas normas será objeto de vigilancia rigurosa por parte de las autoridades competentes. Con la prohibición total programada para julio de 2027, el país se encamina hacia un modelo de convivencia que prioriza el bienestar animal y la evolución cultural. Esta normativa refleja un cambio de paradigma profundo, donde la sociedad colombiana reafirma su compromiso con la protección de la vida en todas sus manifestaciones y expresiones.
