La juez 62 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá revocó la medida cautelar que prohibía al candidato presidencial Abelardo de la Espriella y a su campaña usar la camiseta de la Selección Colombia, al considerar que no se cumplen los presupuestos de ser necesaria y urgente para proteger los derechos invocados en la tutela. La decisión le devolvió al candidato de derecha la posibilidad de continuar usando la prenda en sus actos proselitistas a días de la segunda vuelta del 21 de junio.
La prohibición fue calificada por el despacho que la revocó como una decisión anfibológica y desproporcionada. El fallo de segunda instancia representó un giro judicial contundente en un caso que había concentrado la atención nacional por la inusual naturaleza del debate: qué puede o no puede vestir un candidato presidencial durante una campaña electoral en Colombia.
Todo comenzó el 3 de junio de 2026, cuando el Juzgado 120 Penal Municipal de Bogotá dictó la prohibición judicial sobre el uso de la camiseta de la Selección en la campaña de De la Espriella, ordenando que ni él ni el partido Defensores de la Patria utilizaran ese símbolo en actos públicos, redes sociales o materiales electorales.  La medida fue firmada por la jueza Aura Luz Forero y tuvo cumplimiento inmediato desde su expedición.
El juzgado argumentó que asociar símbolos nacionales a una campaña política puede afectar derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación y el derecho a elegir y ser elegido. La medida provisional aceptó una tutela presentada por el ciudadano Wilman Ramiro Bocanegra Calderón. La acción tomó fuerza días después de que el candidato Iván Cepeda cuestionara públicamente en sus redes el uso de la camiseta con fines electorales.
El abogado Germán Calderón, de la campaña de De la Espriella, calificó la medida original como absolutamente arbitraria y caprichosa, argumentando que el tutelante no tenía legitimación en la causa para interponer una acción de tutela a nombre de todos los colombianos. La defensa rechazó la orden desde el primer momento, y su postura encontró respaldo en el fallo de segunda instancia que terminó dejándola sin efecto.
En medio del trámite judicial, fueron radicadas una denuncia penal por presunto prevaricato por acción y una queja disciplinaria contra la jueza Aura Luz Forero, titular del Juzgado 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá. Estas acciones convirtieron a la funcionaria en protagonista involuntaria de una controversia que superó con creces el alcance de una medida cautelar en campaña electoral.
El episodio llamó la atención en un país donde miles de personas esperan durante meses e incluso años fallos de tutela relacionados con la protección de derechos fundamentales como la salud, la vida o el acceso a tratamientos médicos. La rapidez con que el sistema judicial tramitó una tutela sobre una camiseta de campaña generó cuestionamientos sobre las prioridades del aparato jurisdiccional en plena recta final presidencial.
La Federación Colombiana de Fútbol había advertido desde el 1 de junio que no tiene facultad legal para impedir que ciudadanos usen la camiseta de la Selección en actos políticos, pidiendo mantener al equipo nacional por fuera de la disputa electoral por considerarlo un ícono de unidad nacional. Con la prohibición revocada, De la Espriella quedó habilitado para seguir vistiendo la amarilla en campaña, en una segunda vuelta que acumula más batallas jurídicas que debates sobre propuestas de gobierno.

