SIC sanciona a asociación y transportadores por prácticas anticompetitivas en ruta fluvial del Amazonas

 

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a la Asociación de Propietarios de Embarcaciones Fluviales del Putumayo y Amazonas (APROEF) y a 39 de sus afiliados por implementar un sistema considerado anticompetitivo en el transporte fluvial de carga seca entre Puerto Asís y Leticia. La decisión quedó consignada en la Resolución No. 4805 del 27 de enero de 2026, en la que la entidad concluyó que se vulneró la prohibición general establecida en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959.

De acuerdo con la investigación administrativa, los sancionados habrían coordinado de manera indebida la prestación del servicio con el fin de beneficiar exclusivamente a los miembros de la asociación, afectando a usuarios y consumidores. La SIC señaló que las conductas alteraron las condiciones normales de competencia en una ruta estratégica para el abastecimiento regional.

La entidad explicó que la conexión fluvial entre Puerto Asís y Leticia hace parte de la cuenca amazónica, donde el transporte por río representa cerca del 90 % de la movilización total de carga. Esta dependencia se debe, en gran medida, a la limitada interconexión terrestre entre los departamentos de Putumayo, Caquetá y Amazonas, lo que convierte a esta modalidad en un servicio esencial para la economía local.

Entre los productos transportados por esta vía se encuentran bienes de abastecimiento, insumos, materiales y artículos de consumo masivo, lo que refuerza su papel en el intercambio comercial y en la garantía de suministros básicos. Por ello, la Superintendencia consideró que las prácticas investigadas tuvieron un impacto directo en la cadena logística y en los precios finales que pagan los habitantes de la región.

Según el análisis del caso, APROEF y sus asociados habrían excedido el propósito legítimo de una organización gremial al establecer mecanismos coordinados que incluyeron la fijación de tarifas más altas, la imposición de topes máximos de carga por transportador, la asignación de turnos de cargue y zarpe sin justificación técnica y la creación de un sistema de sanciones internas para asegurar el cumplimiento de estos acuerdos.

La SIC evidenció que, desde la creación de la asociación en 2022, se produjo un incremento significativo en los precios del servicio de transporte, que llegó a alcanzar alzas de hasta el 100 %. Paralelamente, se eliminó la competencia efectiva entre operadores, al restringirse la posibilidad de que varios transportadores ofrecieran servicios con mayor capacidad o mejores condiciones.

Como resultado del proceso, la Superintendencia impuso multas que en conjunto ascienden a cerca de dos mil millones de pesos, además de ordenar la suspensión y modificación de los comportamientos identificados, con el objetivo de restablecer las condiciones de libre competencia en este mercado estratégico para la región amazónica.

La entidad reiteró que las asociaciones cumplen un papel fundamental en la promoción de estándares de calidad y buenas prácticas empresariales, especialmente en economías locales. Sin embargo, advirtió que estas organizaciones no pueden sobrepasar los límites legales ni incurrir en conductas que restrinjan la competencia o afecten el bienestar de los consumidores. La decisión aún no está en firme y contra ella procede recurso de reposición.

Publicar un comentario

Artículo Anterior Artículo Siguiente

Publicidad