Secretaría de la Mujer de Bogotá alerta que acuerdo del Concejo pone en riesgo la autonomía reproductiva


La Secretaría Distrital de la Mujer de Bogotá presentó concepto de no viabilidad frente al Proyecto de Acuerdo 340 de 2025, aprobado en plenaria por el Concejo de Bogotá. La entidad indicó que su análisis jurídico y técnico concluye que la iniciativa presenta inconsistencias con el marco constitucional que protege el derecho a la salud plena, los derechos sexuales y reproductivos y la autonomía reproductiva.

Según la Secretaría, una de las principales observaciones se relaciona con la expresión “alternativas a la IVE” incluida en el proyecto. Señaló que la Corte Constitucional de Colombia ha reconocido que la Interrupción Voluntaria del Embarazo forma parte del derecho fundamental a la salud, la autonomía reproductiva y el libre desarrollo de la personalidad, por lo que las actuaciones institucionales deben garantizar información completa, objetiva y libre de sesgos.

La entidad explicó que la Corte ha utilizado dicha expresión en un contexto amplio, para señalar que la penalización no es la única vía de protección de derechos y que se requiere una política pública integral. No obstante, advirtió que su uso aislado puede romper el enfoque integral del derecho a la salud plena y no cumplir con los estándares de protección de los derechos sexuales y reproductivos establecidos en la jurisprudencia.

Otro punto señalado es el deber de las y los funcionarios públicos de brindar información integral y basada en estándares jurídicos y técnicos vigentes. La Secretaría indicó que favorecer enfoques parciales o información incompleta podría convertirse en una barrera para el ejercicio efectivo de derechos, situación que ha sido rechazada por la Corte Constitucional en sus pronunciamientos sobre salud reproductiva.

El concepto también menciona aspectos de competencia. De acuerdo con la interpretación de la entidad, la definición de política pública en materia de Interrupción Voluntaria del Embarazo y su reglamentación corresponde al Gobierno Nacional y al Congreso, mientras que el Ministerio de Salud y Protección Social es la autoridad competente para definir las Rutas Integrales de Atención en Salud y lineamientos técnicos.

En ese sentido, se indicó que el Distrito ya cuenta con orientaciones para la implementación territorial de la Ruta Integral de Atención en Salud materno-perinatal, basadas en directrices nacionales. La Secretaría advirtió que el proyecto podría generar duplicidad normativa y posibles conflictos con regulaciones vigentes en el orden nacional.

La entidad reiteró que, en el marco de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género, su labor se orienta a la garantía y progresividad de los derechos de las mujeres. Desde esta perspectiva, considera que cualquier actuación institucional en salud sexual y reproductiva debe ajustarse a los estándares constitucionales y a las competencias definidas por la normatividad.

Finalmente, la Secretaría de la Mujer manifestó que su concepto busca aportar elementos técnicos y jurídicos para el análisis del proyecto, en coherencia con su misionalidad de promover la protección de derechos y la implementación de política públicas con enfoque de género, dentro de los marcos constitucionales y legales vigentes.

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