El Ministerio de Educación Nacional expidió la Resolución 019806 del 30 de septiembre de 2025, mediante la cual se fija el cronograma para el proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes estatales con derechos de carrera.
Este proceso de traslados es un mecanismo clave de la política educativa, ya que permite a los docentes reubicarse por razones familiares, personales o de necesidad del servicio, al tiempo que las entidades territoriales certificadas responden a las necesidades de sus instituciones educativas. Con ello se fortalecen tanto la dignidad y bienestar de los maestros como la calidad y continuidad de la educación pública.
De acuerdo con la Resolución, el cronograma establece actividades claras y plazos que todas las entidades territoriales deberán cumplir:
- 6 de octubre de 2025: publicación de la convocatoria del proceso en cada entidad territorial y envío al Ministerio de Educación Nacional.
- 18 de noviembre al 9 de diciembre de 2025: periodo oficial de inscripción para que los docentes y directivos docentes manifiesten su interés en participar.
- 10 al 16 de diciembre de 2025: verificación de requisitos y documentación presentada por los aspirantes.
- 17 al 22 de diciembre de 2025: publicación de la lista de seleccionados para traslado.
- Hasta el 14 de enero de 2026: comunicación de los traslados a las instituciones educativas receptoras, garantizando que los maestros estén ubicados al inicio del calendario académico
Es importante mencionar que la norma ordena a las Secretarías de Educación garantizar el uso de medios tecnológicos para inscripciones y notificaciones, asegurando transparencia, igualdad y eficacia en el proceso. Cuando no sea posible, deberán habilitarse mecanismos presenciales que aseguren el acceso de todos los educadores.
En esta resolución, el Ministerio de Educación incluyó lineamientos específicos para garantizar que el proceso de traslados responda a realidades y contextos diferenciados:
- Escuelas Normales Superiores: los traslados se regirán por un proceso preferente, con requisitos adicionales definidos en la Resolución 017614 de 2021, dada la importancia de estas instituciones en la formación de docentes.
- Zonas con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET): se permitirá la movilidad de educadores vinculados mediante concurso especial para zonas afectadas por el conflicto armado, garantizando su permanencia o traslado dentro de plantas exclusivas de municipios priorizados.
- Pueblos y comunidades étnicas: los docentes que aspiren a trasladarse a instituciones con proyectos etnoeducativos deberán contar con aval de la respectiva autoridad tradicional, en cumplimiento de la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1075 de 2015.
Con esta resolución, se fortalece la capacidad de las entidades territoriales para gestionar el recurso humano en educación, asegurando que los estudiantes tengan a sus docentes en el aula desde el inicio del calendario escolar 2026, sin interrupciones ni improvisaciones.
Finalmente, el Gobierno Nacional ratifica su compromiso con la estabilidad laboral del magisterio, la movilidad de la planta docente y la garantía de los derechos de las y los maestros, quienes podrán buscar alternativas que favorezcan la unidad familiar o que respondan a situaciones personales y administrativas.
