Denuncia histórica al Consejo de Estado y la Corte Constitucional frente a una denuncia en campo petrolero

 


Ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes de Colombia, fueron denunciados los magistrados del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, por el presunto delito de prevaricato, fraude judicial y violación de derechos a la propiedad del sub-suelo.


La demanda fue presentada por Rodolfo Palacio, quien sostiene tener derechos sobre unos pozos de petróleo en Tubará, Atlántico. Según Palacio una norma del año 1883 indica que “la región El Horno, Campo Las Perdices, cuenca formación del antiguo resguardo indígena de Tubará, con una extensión de 16.500 hectáreas, fue declarado bien vacante el 3 de febrero de 1886 por el juez de Barranquilla, en ese entonces, el General Manuel María Palacio Vargas, que en paz descanse, bisabuelo del actual demandante, Rodolfo Palacio, quién actuó en nombre y en representación  de la comunidad de codueños del subsuelo del antiguo resguardo indígena de Tubará.


El objetivo de esta denuncia es corregir el expediente y demostrar que las interpretaciones actuales de los hechos no han tenido en cuenta el contexto histórico ni las limitaciones tecnológicas de la época.


“Rechazamos de manera tajante la afirmación del Estado colombiano, porque el petróleo se encontró y las operaciones de perforación se llevaron a cabo antes de 1969. El reconocimiento de la presencia histórica y la explotación temprana como base para respetar los derechos legales sigue siendo válido y defendible.


Es pertinente aclarar que no se trata de un resguardo indígena, sino que es un nombre costumbrista, por ello, sostiene el demandante confiamos en que esta acción motive una reevaluación de todas las consideraciones legales pertinentes en todos los procedimientos anteriores y actuales relacionados con nuestras reclamaciones, y el registro histórico debería ser reconocido y contabilizado adecuadamente”.


Explica a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes que de acuerdo a la sentencia proferida el 10 de octubre de 1942, por la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, la Comunidad de Condueños del Antiguo Resguardo de Indígenas de Tubará es propietaria del petróleo que pueda encontrarse en el sector denominado como “Tubará”.


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