El Gobierno de Colombia definió los productos que quedarán cobijados por las medidas arancelarias transitorias adoptadas frente a Ecuador, como respuesta al anuncio unilateral de ese país de imponer un gravamen del 30 % a las importaciones colombianas desde febrero de 2026. La decisión fue tomada por el Comité de Asuntos Aduaneros y Arancelarios y oficializada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo como un mecanismo de defensa comercial.
La medida establece un arancel ad valorem del 30 % para 23 partidas arancelarias, desagregadas en 73 subpartidas, todas correspondientes a productos originarios de Ecuador. Según cifras oficiales, entre enero de 2023 y octubre de 2025, las importaciones incluidas en este grupo sumaron 683.825,8 toneladas, lo que evidencia el peso de estos bienes en el intercambio bilateral y su impacto potencial sobre sectores productivos sensibles.
De acuerdo con el Ministerio de Comercio, la decisión busca restablecer el equilibrio en las condiciones de intercambio, luego de que Ecuador anunciara la imposición de aranceles argumentando una supuesta falta de reciprocidad en la lucha contra el crimen organizado. Colombia considera que esa medida desconoce compromisos adquiridos en el marco de la Comunidad Andina y genera distorsiones que afectan su sistema económico.
Las importaciones ecuatorianas objeto de la medida se concentran principalmente en productos pesqueros y agrícolas. Entre ellos se encuentran preparaciones de pescado, aceite de palma y arroz, seguidos por productos químicos, plásticos y manufacturas de metal. Estos rubros tienen una presencia significativa en el mercado colombiano y en varias cadenas productivas que dependen de flujos estables y reglas comerciales previsibles.
El Gobierno señaló que estas acciones forman parte de una respuesta institucional gradual y proporcional, y que no constituyen una ruptura de la relación comercial bilateral. Por el contrario, insistió en que se trata de medidas transitorias, diseñadas dentro del marco legal vigente y alineadas con los instrumentos permitidos por los acuerdos internacionales suscritos por el país.
Adicionalmente, en el proyecto de decreto en elaboración se evalúa incluir restricciones al ingreso terrestre de productos agropecuarios frescos, especialmente arroz. También se analiza limitar la importación de materiales o insumos que puedan ser utilizados en la fabricación de fentanilo, medidas que deberán contar con sustento técnico y jurídico antes de su adopción definitiva.
Estas disposiciones adicionales estarán sujetas a la definición de la DIAN, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Agricultura, en coherencia con la normativa nacional y los compromisos internacionales. El Gobierno aclaró que cualquier ajuste será debidamente justificado y evaluado en función de su impacto económico, sanitario y comercial, evitando afectaciones desproporcionadas al mercado interno.
Finalmente, Colombia reiteró que mantiene abiertos los canales diplomáticos e institucionales con Ecuador. El objetivo, según el Ejecutivo, es restablecer un marco de reglas compartidas y condiciones justas de intercambio, sin escalar las tensiones comerciales. El seguimiento a los efectos de estas medidas será clave para determinar su duración y posibles ajustes en el corto y mediano plazo.
